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del Gobierno Regional conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización. Estas acciones promueven también los derechos de grupos vulnerables, impidiendo la discriminación por razones de etnia, religión o género y toda otra forma de discriminación. Mediante la Resolución de Presidencia N° 006 – 2003 P/CONADIS se aprobó la Directiva N°01-2003- PR/CONADIS ¨Descentralización del CONADIS¨, donde precisa en su Título V, Políticas Públicas, numeral 1)propone que los Gobiernos Regionales constituyan un Consejo Regional de Integración de las Personas con Discapacidad – COREDIS, que tengan como función establecer los mecanismos necesarios a fin de generar acciones que incorporen el enfoque de discapacidad en el desarrollo y la ejecución de políticas para la región. En abril del 2021; en Cusco, se inaugura la segunda sede desconcentrada de CONADIS con la que se busca reducir el índice de personas con discapacidad que no se encuentran identificadas y/o inscritas en el Registro Nacional del CONADIS. En el mismo año, a través de la Ordenanza Regional N° 157- 2018-CR/GRC.CUSCO el Gobierno Regional de Cusco crea el Consejo Regional de Integración de las Personas con Discapacidad de la Región Cusco – COREDIS como una instancia técnico – consultiva de concertación, con el objeto de lograr el desarrollo integral de la persona con discapacidad, con criterios de justicia, inclusión y equidad para ampliar sus oportunidades en el campo educativo, laboral, prestación de servicios y otros; que fue modificada según la Ordenanza Regional N°204-2021-CR/GRC.CUSCO, modificándola en sus artículos segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto; siendo una de sus propuestas el priorizar la implementación de la Estrategia Regional sobre Discapacidad y Desarrollo Inclusivo (ERDDI) con el objeto de implementar políticas públicas concertadas a nivel regional sobre el desarrollo inclusivo en los ejes: educación inclusiva, salud y rehabilitación, inclusión socio laboral, empoderamiento y accesibilidad. https://bit.ly/3yHcN1F / https://bit.ly/3glyxtu. Se adopta la ERDDI con la Ordenanza Regional N.157-2018 GR/CUSCO, y la segunda ordenanza establece la priorización de la ERDDI, además modifica la estructura del COREDIS. 6.6.2. Justificación La persona con discapacidad es aquella que tiene una o más deficiencias físicas o intelectuales de carácter permanente que, al interactuar con diversas barreras actitudinales del entorno se ve impedida de desempeñarse en el ejercicio de sus derechos en su vida cotidiana. Según el Informe Mundial sobre la Discapacidad, alrededor del 15% de la población vive con algún tipo de discapacidad. Las mujeres tienen más probabilidades de sufrir discapacidad que los hombres y las personas mayores más que los jóvenes. https://bit.ly/3XdWy6Q A las mujeres se les recarga con labores domésticas habituales, más su condición de discapacidad sufren una doble vulneración. La persona con discapacidad es quien tiene dificultades de interacción personal y con el ambiente, que se expresan en deficiencias de la estructura o función corporal, en limitaciones para realizar acciones o tareas o en restricciones de participación (WHO, 2019). Existen diferentes tipos de discapacidad, tanto en la severidad como en la duración o variedad de afectaciones, por lo que la población de personas con discapacidad es muy heterogénea. Las personas pueden enfrentar retos como demencia, condiciones congénitas, artritis, ceguera, falta de extremidades, entre muchas otras Durante los últimos decenios ha habido un cambio importante en la manera de comprender la discapacidad dando prioridad a la implementación de leyes, políticas, planes y programas para promover el cierre de brechas que vulneran la capacidad de alcanzar una vida plena.

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