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3. MARCO NORMATIVO El Perú reconoce al ser humano como “el fin supremo de la sociedad y el Estado” (Constitución Política del Perú, 1993, Artículo 1), a través de su carta magna y los diferentes convenios internacionales que ha suscrito y desarrollado en su cuerpo normativo sectorial y en los diferentes niveles de gobierno. En el marco del proceso de descentralización los gobiernos regionales tienen la competencia para adecuar las normas nacionales y diseñar políticas públicas que respondan a su realidad definida por el territorio, su estructura económica y social. El Gobierno Regional de Cusco a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social ahora Gerencia Regional de Inclusión Social, Mujer y Poblaciones Vulnerables (GRISMPV), en el marco de sus competencias prioriza la “inclusión económica, social, política y cultural de jóvenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado, principalmente ubicados en el ámbito rural y organizados en comunidades campesinas y nativas” (Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, 2003, Artículo 8), promoviendo la participación ciudadana de manera organizada y con decisiones vinculantes, atendiendo el ciclo de vida y la situación de vulnerabilidad del ser humano para el diseño de su política pública. A continuación, se detalla el cuerpo normativo que sustenta el presente informe técnico: a) Constitución Política del Perú, 1993. b) Convenio Núm. 169 de la Oficina Internacional del Trabajo - OIT sobre pueblos indígenas y tribales. Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. c) Convención Americana sobre Derechos Humanos (San José, 1969). d) Convenio sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, 2007. e) Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, 2008. f) Convenio N° 190. Convenio sobre la violencia y el acoso. OIT, 2019. g) Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer "Convención De Belem Do Para" h) Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, 1979. i) Convención sobre los Derechos del Niño, 1989. j) Convenio No.5, adoptado por la OIT desde 1919 en la Primera Conferencia sobre Erradicación del Trabajo Infantil. k) Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, 2015. l) Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado N°27658.

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