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también, en “los bancos o entidades financieras (18.8%), las terminales y estaciones de transporte (18.6%), las oficinas públicas (17.5%) y las plazas y plazuelas (17.4%), entre otros” (INEI, 2014, p. 144). En ese sentido, son varios los espacios públicos en los que existen barreras que limitan el desplazamiento o ingreso para las personas con discapacidad. https://bit.ly/3grbuxh En lo que respecta a los medios de transporte, se identifican como principales problemas con respecto al acceso a estos medios se relacionan con el transporte público urbano (39%), el mototaxi (25.8%) y el taxi (19.86%). Lo anterior resulta preocupante si se considera que tanto el transporte público como los servicios de taxi son dos de las formas de desplazamiento más utilizadas entre las personas con discapacidad, con un 38.2% y 28.6%, respectivamente. 6.5.1. Marco Normativo El marco normativo se encuentra fundamentado en la Constitución Política de la República del Perú, leyes y normas con rango de ley, decretos supremos y políticas de Estado. El Consejo Regional de Integración de la Persona con Discapacidad se sustenta en la Constitución Política de la República del Perú que faculta al Estado a garantizar los derechos; bajo el Artículo 1 ° establece que la persona humana y el respeto de su dignidad con el fin supremo de la sociedad y del Estado, además el Inciso 2 del Artículo 2 ° garantiza que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole y en el mismo sentido el Artículo 7 ° de la Carta Magna establece, entre otros, que la persona con discapacidad tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad. Bajo lo que indica el Artículo 192 °: ¨Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo ¨; el Gobierno Regional de Cusco mediante la Gerencia Regional de Desarrollo ha priorizado el implementar la ley mediante políticas públicas concertadas a nivel Regional sobre el desarrollo inclusivo. ▪ Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. https://bit.ly/3JypMXI ▪ Ley N ° 29973 – Ley General de la Persona con Discapacidad. https://bit.ly/3DfVDLh ▪ Ley N° 28044 - Ley General de Educación. https://bit.ly/3ThwFRe ▪ Ley N° 26842 - Ley General de Salud. https://bit.ly/2EalOW5 ▪ Resolución de Presidencia N° 028-2019-CONADIS/PRE. https://bit.ly/2IdNpW6 ▪ Ordenanza Regional N° 176 -2020-CR/GR CUSCO, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Cusco https://bit.ly/3vXvyMC ▪ Ordenanza Regional N° 157- 2018-CR/GRC.CUSCO – Creación del Consejo Regional de Integración de la Persona con Discapacidad. https://bit.ly/3bVYJcl ▪ Ordenanza Regional N° 193-2021-CR/GR CUSCO – Creación del Registro Regional de las Personas con Discapacidad del Gobierno Regional del Cusco. https://bit.ly/3SjQ2rw

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