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La no discriminación. Las niñas, niños y adolescentes sin excepción, independientemente de su raza, género, idioma, religión, lugar de nacimiento, etnia, capacidades, habilidades, opinión política o de otra índole, deben gozar de todos los derechos que la ley les otorga, y es función del Estado y sus instituciones protegerlos de toda forma de discriminación. La participación: las niñas, niños y adolescentes son parte de una familia y de una sociedad y como tal deben ser considerados e involucrados en las decisiones y procesos que les afecten y que tengan impacto en sus comunidades, siendo informados, escuchando su voz, respetando sus opiniones y cómo decidan expresarlas. Involucra reconocer y nutrir sus fortalezas, intereses y destrezas brindándoles oportunidades significativas que contribuyan a su propio desarrollo, al de otros niños, niñas y adolescentes, al de su familia y su comunidad. La autonomía progresiva: las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a medidas especiales de protección y a que puedan ejercer sus derechos, de acuerdo con la evolución progresiva de sus necesidades y facultades. Tienen derecho a participar y deben involucrarse en la toma de decisiones en la medida que adquieren experiencia, conocimiento, madurez, responsabilidad y autoconfianza” (GRISMPV, Propuesta Reglamento CCONNA Regional, 2021) 6.1.6.2. Organigrama

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